El Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, reconoce a los autores un conjunto de derechos morales, que son intransferibles, junto a otros patrimoniales o de explotación, que tienen que ver con la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de sus obras, y que pueden ser transferidos a terceros. En el ámbito de la publicación científica y académica, los derechos patrimoniales han sido transferidos a las editoriales, a partir de contratos o acuerdos de edición, donde se establecían los términos de estos derechos.
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